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Servicio social de base

¿Qué es el servicio social de base?

En el marco de la Ley 5/1.996, de 18 de Octubre del Parlamento Vasco, sobre Servicios Sociales, se establece que el Servicio Social de Base es la unidad básica del sistema de servicios sociales, y se dirige, sin discriminación a toda la población., teniendo como objetivo central el desarrollo de la acción comunitaria, coordinando y gestionando en sus áreas de influencia el acceso a las diversas instancias del sistema de servicios sociales.

Son funciones de los Servicios Sociales de Base las siguientes:

a) Ser centros de información, valoración y orientación de toda la población en cuanto a los derechos y recursos sociales existentes.

b) Prestar servicios o programas de convivencia mediante actuaciones de ayuda en el propio domicilio de la persona interesada.

c) Desarrollar programas de intervención orientados a proporcionar los recursos y medios que faciliten la integración social de personas, familias y grupos, atendiendo prioritariamente la prevención de la marginación.

d) Realizar programas de sensibilización sobre las necesidades sociales existentes, y de fomento de la participación social en el desarrollo de la vida de la comunidad.

e) Gestionar la tramitación de las prestaciones que les correspondan.

f) Elaborar información con criterios de homogeneización, coordinación y sistematización.

g) Servir de base en las labores de planificación y de racionalización de la utilización eficaz de los recursos sociales, mediante la detección de necesidades sociales en su ámbito territorial y de las anomalías que se produzcan en su satisfacción.

h) Cualquier otra función análoga que puedan desarrollar y se les atribuya expresamente.

Desde el Servicio Social de base, la Trabajadora Social informa sobre éstos y otros servicios y prestaciones que gestiona el Instituto Foral de Bienestar Social y orienta en la resolución de cualquier necesidad o demanda que se plantee en relación con las áreas de actuación de los Servicios Sociales.

Tras la entrada en vigor del Decreto Foral 66/2002, del consejo de Diputados de 17 de Diciembre, que aprueba los criterios que han de regir la suscripción de Convenios con Ayuntamientos de menos de 20.000 habitantes para la prestación de servicios sociales de base en sus demarcaciones territoriales, la zonificación de la Cuadrilla de Zuia (dentro de la cual se encuentra el Ayuntamiento de Legutiano) queda de la siguiente manera: Zona A y Zona B. Dentro de la Zona A se encuentran los municipios de Zigoitia, Zuia y Urkabustaiz y dentro de la Zona B los de Arrazua-Ubarrundia, Legutiano y Aramaio.

¿Quién puede acudir?

Al Servicio Social de Base puede acudir cualquier persona del municipio que precise apoyo profesional en circunstancias sociales difíciles o que desee información y orientación sobre los recursos sociales existentes.

¿Dónde se encuentra?

El Servicio Social de Base de Arrazua-Ubarrundia se encuentra físicamente en la segunda planta del local donde se encuentra el Centro de Salud y carece de barreras arquitectónicas. Para acudir al servicio es necesario solicitar cita previa teniendo en cuenta los horarios de permanencia de la Trabajadora Social de la zona B y los teléfonos de contacto:

Ayuntamiento Días Horario atención
Aramaio
945 44 50 16
Miércoles
Viernes
12:00-14:00
08:00-12:00
Arrazua-Ubarrundia
945 29 90 63 (directo)
945 29 95 16 (ayto)
Lunes
Miércoles
12:00-14:00
09:00-11:00
Legutiano
943 45 50 11 (directo)
945 45 50 10
Lunes
Jueves
09:00-11:00
08:00-12:00